sábado, 3 de noviembre de 2018

AYUDAS A LA REHABILITACIÓN CÁCERES, SIERRA DE GATA, VALLE DEL AMBROZ

AYUDAS A LA REHABILITACIÓN DIPUTACÍON DE CÁCERES





OBJETIVO DE LA AYUDA


Financiar obras de rehabilitación de viviendas del medio rural, en núcleos urbanos, que actualmente constituyan la vivienda habitual de la personas que la solicita, hasta 45 años de edad, en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes o menores, de la provincia de Cáceres.

Se entenderá por viviendas del medio rural las edificaciones, residenciales, unifamiliares y plurifamiliares o en régimen de propiedad horizontal, que no se encuentren catalogadas, situadas en municipios con población inferior a 20.000 habitantes y en entidades locales menores de la provincia de Cáceres, construidas en suelo urbano y así certificada por el propio Ayuntamiento competente.



ACTUACIONES/ACCIONES SUBVENCIONABLES

Son subvencionables las obras de rehabilitación que consistan en:

1- Restauración, consolidación o reposición de elementos estructurales y/o constructivos de la edificación, tales como cimentación, forjados, cerramientos (fachadas y medianeras), carpinterías exteriores (ventanas y puerta de entrada a vivienda) y cubiertas, con el fin de que quede garantizada su seguridad, estabilidad, estanqueidad y funcionalidad.
2- Instalación o sustitución de sistemas de calefacción.

3- Adaptación de las viviendas a las necesidades de personas mayores de 65 años, discapacitadas o dependientes que formen parte de la unidad familiar del solicitante. 
Supresión de barreras arquitectónicas para disponer de itinerarios practicables desde el exterior y, en el interior de la vivienda, creación de rampas, ensanche de puertas, colocación de pasamanos en pasillos, instalación de elementos elevadores de escaleras. 
Reforma de baños para su accesibilidad y seguridad. 
NO serán subvencionables las actuaciones siguientes: 
Las que se refieran a restauración, consolidación o reposición de cerramientos medianeros de patios o espacios libres. 
Las que se refieran a restauración, consolidación o reposición de cubiertas de espacios no habitables, tales como paneras, almacenes, garajes, trasteros o similares.

IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN Y PAGO. 

El importe máximo será 80% del coste total de la obra, hasta un máximo de 15.000,00 euros.
El pago se abonará al beneficiario fraccionadamente, de la siguiente manera:


50% cuando nos aceptan la subvención.
50% una vez hayamos justificado la ayuda. (después de las obras).


REQUISITOS Y OBLIGACIONES

Pueden optar a ella:



  1. Personas mayores de edad y hasta 45 años.
  2. Que los ingresos familiares no excedan de 5,5 veces el (IPREM).
  3. Estar empadronado en el municipio con mínimo 6 meses de antigüedad.
  4. Ser propietario de la vivienda, ademas que sea la habitual y permanente del solicitante.
  5. No ser propietario de otra vivienda habitable en la provincia de Cáceres. No se aplicará este requisito en los siguientes casos, siempre que conste debidamente acreditado:
       - Si la propiedad que se ostenta sobre otra vivienda lo es en porcentaje igual o inferior al 25%.
       - Si sobre la otra vivienda existe un derecho de usufructo a favor de otra persona.
       - Si no se habita la otra vivienda por motivo de divorcio, separación legal o de hecho.
       - Si la otra vivienda carece de las condiciones mínimas de habitabilidad.

Quedan EXCLUIDOS aquellos solicitantes que hubieran obtenido cualesquiera otras ayudas, en los dos años anteriores, para la misma finalidad.

Para más información (sin compromiso alguno), tramitación y preparación de documentación :


Estudio de Arquitectura Técnica ARQUITRUST
Torre de don Miguel, Cáceres

Tlf: 615 46 71 96
Email: arquitrust@gmail.com